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ATP para Sueldos Julio/20
¿Cuales son los parámetros a considerar para este nuevo ATP?
El Salario Complementario destinado a los sueldos de Julio/20 realizará una importante distinción entre actividad críticas y el resto de las actividades. Estás últimas deberán cumplir con el parámetro de haber sufrido caída nominal en las ventas interanuales entre Junio/19 y Junio/20
Se incorpora un nuevo beneficio de Crédito Blandos, garantizados por el Estado a través del FOGAR y FONDEP. El destino es exclusivamente el pago de salarios, con un máximo de $20.250 por empleado.
De acuerdo a la caída de ventas interanual Junio/19-Junio/20 se financiará con diferentes tasas de interés.
El empleador devolverá en 12 cuotas y con 3 meses de gracia.

¿Cómo se calcula?
ACTIVIDADES AFECTADAS EN FORMA CRÍTICA:
El Salario Neto resulta equivalente al 83% de la Remuneración Bruta devengada en el mes de mayo de 2020 que ha sido exteriorizada en la declaración jurada de Aportes y Contribuciones con destino a la seguridad social (F. 931) correspondientes al período antedicho.
El Salario Complementario a asignar como beneficio debe resultar equivalente al 50% del Salario Neto expuesto en el punto
El resultado así obtenido no podrá ser inferior a la suma equivalente a UN (1) salario mínimo vital y móvil ni superior a la suma equivalente a DOS (2) salarios mínimos vitales y móviles.
La suma del Salario Complementario no podrá arrojar como resultado que el
trabajador obtenga un beneficio, por el concepto en trato, superior a su Salario Neto correspondiente al mes
de mayo de 2020.
ACTIVIDADES NO AFECTADAS EN FORMA CRÍTICA:
El Salario Neto resulta equivalente al 83% de la Remuneración Bruta devengada en el mes de mayo de 2020 que ha sido exteriorizada en la declaración jurada de Aportes y Contribuciones con destino a la seguridad social (F. 931) correspondientes al período antedicho.
El Salario Complementario a asignar como beneficio debe resultar equivalente al 50% del Salario Neto expuesto en el apartado
El resultado así obtenido no podrá ser superior a la suma equivalente a UNO Y MEDIO (1,5) salarios mínimos vitales y móviles.
La suma del Salario Complementario no podrá arrojar como resultado que el
trabajador obtenga un beneficio, por el concepto en trato, superior a su Salario Neto correspondiente al mes
de mayo de 2020.
El video fue elaborado para la generación del ATP de Marzo, pero el proceso se realiza de la misma manera

